Concurso de acreedores Wellformacion SL.

Concurso de acreedores Wellformacion SL.

El 30-11-2018, Wellformacion SL., en CORDEIRA (Pontevedra) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de PONTEVEDRA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B36848364. La principal actividad de la empresa Wellformacion SL. es actividades de alquiler. Se ha presentado la propuesta de convenio.

Información General de Wellformacion SL.

Nombre de la mercantil: Wellformacion SL.
Localidad: CORDEIRA
Provincia: Pontevedra
Dirección: MADRID 19736214 CORDEIRA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B36848364
Número De Insolvencia: B36848364
Juzgado: Juzgado de PONTEVEDRA

Actividad Principal de Wellformacion SL.

La actividad de la empresa Wellformacion SL. es Actividades administrativas y servicios auxiliares

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Publicaciones Concurso de acreedores Wellformacion SL.:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

Publicaciones

Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

08-10-2019
A190054987

 

Presentación de la propuesta de convenio

 
EDICTODoña María Luisa Sánchez Garrido, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Pontevedra con sede en Vigo,ANUNCIAQue en la Sección V Convenio 399/2018, referente a la concursada Wellformación, S.L., con CIF B-36.848.364, por Sentencia 97/2019, de nueve de abril de 2019, aclarada por Auto de 14 de mayo de 2019, que ha adquirido firmeza el 24 de junio de 2019, se ha acordado lo siguiente:1. Aprobar la propuesta de convenio presentada por la concursada Wellformación, S.L., con fecha 25 de enero de 2019, con el resultado de adhesiones que constan en el Acta de la Junta de acreedores de fecha 20 de marzo de 2019.2. La eficacia del convenio aprobado se produce desde la fecha de la Sentencia que lo aprueba, con el contenido establecido en los artículos 133 a 136 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (LC).3. Cesan todos los efectos de la declaración de concurso quedando sustituidos por los que en su caso se establezcan en el propio convenio, y sin perjuicio de los deberes generales que para el deudor establece el artículo 42 de la LC.4. Cesa en su cargo de Administración concursal el Economista don Rubén Alberto López Paz con DNI 36.057.664-N-, estando obligado a rendir cuentas de su actuación en el plazo máximo de un mes.5. Con fecha 14 de Mayo de 2019 se dictó auto de aclaración de la sentencia que dispone lo siguiente:DISPONGO.- Haber lugar a la aclaración de la sentencia de fecha nueve de abril de dos mil diecinueve, y así en el fundamento de derecho segundo número segundo la expresión «… procede la apertura de la fase de calificación», debe sustituirse por la siguiente «… no procede la apertura de la fase de calificación». Igualmente el párrafo once del fallo debe entenderse suprimido, manteniendo en lo restante la resolución dictada.»Vigo, 23 de septiembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María Luisa Sánchez Garrido.

11-12-2018
A180072706

 

Auto de declaración de concurso voluntario

Cese de los Administradores

 
EdictoDoña María Luisa Sánchez Garrido, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, por el presente,Hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 399/2018 se ha dictado en fecha 30 de Noviembre Auto de Declaración de Concurso Voluntario de la entidad deudora Wellformación, S.L., con CIF B-36848364, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la Avenida de Madrid, 197, 36214, Vigo.2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición de las sociedades concursadas sobre su patrimonio, mediante la autorización o conformidad de la Administración Concursal.3.º Se ha designado, como Administración Concursal, a Don Rubén Alberto López Paz, Economista, con domicilio profesional en calle Colón, 29, 4º, Derecha, 36201, Vigo, Teléfono 986 441560, Fax 986227361, con la dirección de correo electrónico [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado».5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).Vigo, 30 de noviembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Luisa Sánchez Garrido.

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