Concurso de acreedores Wingfield Real Estate S.L.
El 21-07-2011, Wingfield Real Estate S.L., en SOLLER (Baleares) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B84488741. La principal actividad de la empresa Wingfield Real Estate S.L. es construcción de edificios. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Wingfield Real Estate S.L.
Nombre de la mercantil: Wingfield Real Estate S.L.
Localidad: SOLLER
Provincia: Baleares
Dirección: DES CINGLE (PORT DE SOLLER) 3907100 SOLLER
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B84488741
Número De Insolvencia: B84488741
Juzgado: Juzgado de PALMA DE MALLORCA
Actividad Principal de Wingfield Real Estate S.L.
La actividad de la empresa Wingfield Real Estate S.L. es Construcción
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
22-09-2011
68439
Auto de declaración de concurso
Cese de los Administradores
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número 2 de Palma de Mallorca, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC) anuncia:Primero.- Que en el procedimiento número 89/2010, por auto de 21 de julio de 2011 se ha declarado en concurso necesario al deudor Wingfield Real Estate, S.L., con CIF número B-84488741, con domicilio en Camino des Cingle, número 39 (Port de Soller – Soller) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Soller.Segundo.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, mediante escrito dirigido al Juzgado de lo Mercantil número 2 firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o quien acredite representación suficiente de ellos, expresando todos y cada uno de los datos relacionados en el citado artículo 85.2 y acompañando originales o copias autenticadas del título o de los documentos relativos al crédito y aportando un juego de copias para la administración concursal así como otro más si se interesare la devolución de los títulos originales.El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).Palma de Mallorca, 21 de julio de 2011.- El/La Secretario Judicial.