Concurso de acreedores terminado Youngquist Brothers De España SL

Concurso de acreedores terminado Youngquist Brothers De España SL

El 25-10-2012, Youngquist Brothers De España SL, en BENALMADENA (Málaga) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de MÁLAGA. Como síndico se ha designado FERNANDEZ LOPEZ DE URALDE, JOSE MANUEL. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B92205236. La principal actividad de la empresa Youngquist Brothers De España SL es construcción de edificios. El concurso ha concluido.

Información General de Youngquist Brothers De España SL

Nombre de la mercantil: Youngquist Brothers De España SL
Localidad: BENALMADENA
Provincia: Málaga
Dirección: DE LA VIÑUELA 029639 BENALMADENA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B92205236
Número De Insolvencia: B92205236
Juzgado: Juzgado de MÁLAGA

Actividad Principal de Youngquist Brothers De España SL

La actividad de la empresa Youngquist Brothers De España SL es Construcción

Publicaciones:

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

13-11-2018
A180066657

 

Cese de los Administradores

Alzamiento de las limitaciones de administración

Conclusión del concurso

 
EDICTOEl Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:ANUNCIAQue en el procedimiento número 633/2012, con NIG 2906742M20120000963 del deudor YOUNGQUIST BROTHERS DE ESPAÑA, S.L., con CIF n.º B92205236, por auto de fecha 5 de noviembre de 2018 se ha acordado la conclusión del concurso por finalización de las operaciones de liquidación, siendo la parte dispositiva de la referida resolución del siguiente tenor literal:Acuerdo la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores de la mercantil YOUNGQUIST BROTHERS DE ESPAÑA, S.L., por finalización de las operaciones de liquidación, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento.Acuerdo la extinción de la sociedad, debiéndose emitir los mandamientos de cancelación oportunos con testimonio de la presente resolución.La conclusión del concurso produce los efectos regulados en el artículo 178 de la Ley Concursal.Contra esta resolución no cabe recurso alguno.Acuerdo aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal.Notifíquese a las partes la presente resolución en los términos regulados en el art 177 de la LC.Málaga, 8 de noviembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

05-08-2013
A130044271

 

Cese de los Administradores

Apertura de la fase de liquidación

Apertura de la sección seis

 
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga,anuncia: Que en el procedimiento concursal número apertura Sección 633.01/2012, referente al concursado Youngquist Brothers de España, S.L., por auto de fecha 22 de julio de 2013 se ha acordado lo siguiente:1.- Abrir la fase de liquidación a petición del deudor.2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.3.- Declarar disuelta la sociedad Youngquist Brothers de España, S.L., así como el cese de los administradores o liquidadores de la sociedad.Málaga, 22 de julio de 2013.- Secretario judicial.

26-02-2013
A130008161

 

Presentación del Informe de la administración concursal

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil n.º uno de Málaga, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 633.02/2012 referente al deudor Youngquist Brothers de España, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.Málaga, 14 de febrero de 2013.- El Secretario.

02-11-2012
A120073904

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
Edicto.El Juzgado Mercantil número 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:1.º Que en el procedimiento número 633/12 (NIG 2906742M20120000963), por auto de fecha 30 julio de 2012 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Youngquist Brothers de España, S.L., con NIF B92205236, domicilio en parcela UE 99 la Viñuela, Benalmádena, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Benalmádena.2.º Que el deudor queda suspendido en todas sus facultades dada que esta es una de las consecuencias que el art. 145 de la LC determina para la apertura de liquidación.3.º Que la administradora concursal la integra José Manuel Fernández López de Uralde, provisto de DNI 24695723W, español, mayor de edad, con vecindad civil común, vecino de Málaga, con correo electronico [email protected], profesión Titulado Mercantil, con dirección postal en calle Casas de Campos, número 3, 6.º Málaga, que designa a los efectos de comunicación de créditos.4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el «Boletín Oficial del Estado».5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección.6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.Málaga, 25 de octubre de 2012.- El Secretario judicial.

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