Concurso de acreedores terminado Ziur I SL
El 11-04-2012, Ziur I SL, en AZKOITIA (guipúzcoa) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de SAN SEBASTIÁN. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B20332839. La principal actividad de la empresa Ziur I SL es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Información General de Ziur I SL
Nombre de la mercantil: Ziur I SL
Localidad: AZKOITIA
Provincia: guipúzcoa
Dirección: AITA DIEGO UMANSOROKO KALEA 020720 AZKOITIA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B20332839
Número De Insolvencia: B20332839
Juzgado: Juzgado de SAN SEBASTIÁN
Actividad Principal de Ziur I SL
La actividad de la empresa Ziur I SL es Industria
Publicaciones:
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
19-09-2013
A130050338
Conclusión por insuficiencia de masa activa
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián anuncia:Que en el procedimiento concursal número 255/2012, en el que figura como concursado Ziur I, S.L., se ha dictado el 6/9/2013 auto declarando concluso el concurso por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa y el archivo de las actuaciones.Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.En Donostia-San Sebastián a, 6 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
04-05-2012
A120025849
Cese de los Administradores
Apertura de la fase de liquidación
Apertura de la sección seis
EL Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia – San Sebastian,AnunciaQue en el procedimiento concursal número 255/2012 referente al concursado Ziur I, S.L., con CIF B20332839, por auto de fecha 20/04/2012 se ha acordado lo siguiente:1.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.2.-Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.3.-Se ha declarado disuelta la la mercantil Ziur I, S.L., cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.4.-La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.En Donostia – San Sebastián, 20 de marzo de 2012.- La Secretaria judicial.
25-04-2012
A120022442
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Donostia – San Sebastián, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 255/2012 y NIG nº 20.05.2-12/002998 se ha dictado en fecha 11/4/2012, auto de declaración de concurso voluntario del deudor Ziuri, S.L., con NIF B20332839, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Azkoitia, calle Aita Diego de Umansoro, s/n.2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración Concursal. Se ha designado, como administración concursal a Ángel Toña Guenaga con domicilio postal en Paseo Miraconcha nº 25 BJ, 20007 Donostia-San Sebastián, y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.En Donostia – San Sebastián, 11 de abril de 2012.- La Secretario Judicial.