Concurso de acreedores terminado Starfusing Sociedad Limitada

Concurso de acreedores terminado Starfusing Sociedad Limitada

El 23-02-2010, Starfusing Sociedad Limitada, en CONSTANTI (Tarragona) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de TARRAGONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B43667120. La principal actividad de la empresa Starfusing Sociedad Limitada es fabricación de otros productos minerales no metálicos. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.

Información General de Starfusing Sociedad Limitada

Nombre de la mercantil: Starfusing Sociedad Limitada
Localidad: CONSTANTI
Provincia: Tarragona
Dirección: DE FRANÇA (PG CONSTANTI. TGN) 043120 CONSTANTI
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B43667120
Número De Insolvencia: B43667120
Juzgado: Juzgado de TARRAGONA

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Actividad Principal de Starfusing Sociedad Limitada

La actividad de la empresa Starfusing Sociedad Limitada es Industria

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24-12-2014
A140063071

 

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Cese de los Administradores

Alzamiento de las limitaciones de administración

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Apertura de la fase de liquidación

Conclusión por insuficiencia de masa activa

 
El/la Secretario/a judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona, por el presente,Hace saber: Que en los autos de concurso voluntario de la mercantil STARFUSING, S.L. (CIF B-43.667.120), seguidos en este Juzgado con el n.º 30/2010, se ha dictado en fecha 15-12-14 Auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:»Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de STARFUSING, S.L., seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 30/2010 a instancias de STARFUSING, S.L., y el archivo de las actuaciones por insuficiencia de masa activa.Se declara la extinción de la mercantil STARFUSING, S.L. (CIF nº B-43.667.120), y, como consecuencia, procédase al cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Tarragona.Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal.Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal.Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor uirgencia en el Boletín Oficial del Estado y en el diario en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase mandamiento al Registro Mercantil de Tarragona, para la cancelación de la anotación practicada en su dia, relativa a la declaración concursal, a las facultades de administración y disposición de la concursada y del nombramiento de la administración concursal así como la relativa a la apertura de la fase de liquidación. Igualmente, se proceda al cierre de la hoja de inscripción de la mercantil concursada. Líbrese para ello el correspondiente mandamiento que será entregado al Procurador del solicitante para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de la cancelación de los asientos registrales previstos.Igualmente líbrese mandamiento al Registro Público concursal.Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de El Vendrell.Notifíquese la presente resolución, haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno.Así lo acuerda, manda y firma don César Suárez Vázquez, Magistrado Juez del Juzgado Mercantil 1, Tarragona. Doy fe.»Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.Tarragona, 15 de diciembre de 2014.- El Secretario judicial.

09-03-2010
14866

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
El Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) de Tarragona, por el presenteHago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 30/2010 se ha dictado en fecha 23 de febrero de 2010 Auto de declaración de concurso voluntario de Starfusing, SL, con CIF n.º B-43.667.120 y domicilio social en C/ Lérida, n.º 8, local I, fase II, Creixell de Mar (Tarragona), representada por la procuradora doña Mireia Gavalda Sampere y defendida por el Letrado don Luis Salas de Córdoba, y en el que se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá conservando el concursado, quedando sometido el ejercicio de éstas a la actuación de los administradores concursales, e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador Concursal don Jordi Savall López la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Juzgado en el plazo de quince dias a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.Tarragona, 23 de febrero de 2010.- El Secretario Judicial.

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