Concurso de acreedores terminado Almiar 98 Sociedad Limitada

Concurso de acreedores terminado Almiar 98 Sociedad Limitada

El 07-09-2010, Almiar 98 Sociedad Limitada, en VINYOLS I ELS ARCS (Tarragona) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de TARRAGONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B43542109. La principal actividad de la empresa Almiar 98 Sociedad Limitada es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.

Información General de Almiar 98 Sociedad Limitada

Nombre de la mercantil: Almiar 98 Sociedad Limitada
Localidad: VINYOLS I ELS ARCS
Provincia: Tarragona
Dirección: MALLA 043391 VINYOLS I ELS ARCS
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B43542109
Número De Insolvencia: B43542109
Juzgado: Juzgado de TARRAGONA

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Actividad Principal de Almiar 98 Sociedad Limitada

La actividad de la empresa Almiar 98 Sociedad Limitada es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

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Descripción

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23-05-2016
A160026431

 

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Cese de los Administradores

Alzamiento de las limitaciones de administración

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Apertura de la fase de liquidación

Conclusión por insuficiencia de masa activa

 
El Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Tarragona,Por el presente hace saber: Que en los autos de concurso voluntario de la mercantil ALMIAR 98, S.L. (CIF B43542109 ), seguidos en este Juzgado con el n.º 388/2010, se ha dictado en fecha 10.05.2016 auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:»Debo declarar y declarar la conclusión del concurso voluntario de ALMIAR 98, S.L., seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 388/2010-2 y el archivo de las actuaciones por insuficiencia de masa activa.Se declara la extinción de la mercantil ALMIAR 98, S.L., con CIF B43542109, y, como consecuencia, procédase al cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Tarragona.Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal.Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal.Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado y en el diario en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase mandamiento al Registro Mercantil de Tarragona, para la cancelación de la anotación practicada en su día, relativa a la declaración concursal, a las facultades de administración y disposición de la concursada y del nombramiento de la administración concursal, así como la relativa a la apertura de la fase de liquidación. Igualmente, se proceda al cierre de la hoja de inscripción de la mercantil concursada. Líbrese para ello el correspondiente mandamiento que será entregado al procurador de la concursada para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de la cancelación de los asientos registrales previstos.Igualmente, líbrese mandamiento al Registro Público Concursal. Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de Tarragona.Notifíquese la presente resolución, haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno.Así lo acuerda, manda y firma don César Suárez Vázquez, Magistrado-Juez del Juzgado Mercantil 1 Tarragona. Doy fe.»Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.Tarragona, 10 de mayo de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

18-09-2010
66968

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
Edicto.El Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) de Tarragona, por el presenteHace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 388/2010-2 se ha dictado en fecha 7-9-10 Auto de declaración de concurso voluntario de Almiar 98, S.L., con CIF B43542109 y domicilio social en C. Malla s/n 43391 Vinyols i els Arcs (Tarragona), representada por la procuradora doña Elisabet Carrera Portusach y defendida por el Letrado don Juan Antonio Martínez Ruiz, y en el que se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá conservando la concursada, quedando sometido el ejercicio de éstas a la actuación del administrador concursal, e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador Concursal D. Antoni Huber Company la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Juzgado en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.Y en cumplimiento de lo acordado, libro el presente en Tarragona.Tarragona, 7 de septiembre de 2010.- Secretario Judicial.

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