Concurso de acreedores Betons Ampostins SL

Concurso de acreedores Betons Ampostins SL

El 02-04-2012, Betons Ampostins SL, en CARMONA (Sevilla) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de SEVILLA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B43436815. La principal actividad de la empresa Betons Ampostins SL es actividades de alquiler.

Información General de Betons Ampostins SL

Nombre de la mercantil: Betons Ampostins SL
Localidad: CARMONA
Provincia: Sevilla
Dirección: NACIONAL IV 041410 CARMONA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B43436815
Número De Insolvencia: B43436815
Juzgado: Juzgado de SEVILLA

Actividad Principal de Betons Ampostins SL

La actividad de la empresa Betons Ampostins SL es Actividades administrativas y servicios auxiliares

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

25-04-2012
A120022123

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
El Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Sevilla en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:1º.- Que en el procedimiento número 352/12, por auto de 2/04/2012 se ha declarado en Concurso Voluntario al deudor Betons Ampostins, S.L., con C.I.F. B-43/436815, domicilio en Carretera Nacional IV, Km. 523.4 de Carmona (Sevilla) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Sevilla.2º-. Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. directamente ante la administración concursal D. Juan Díaz-Ambrona Cancho, en su dirección de Plaza Ruiz de Alda, 11, de Sevilla, correo electrónico: [email protected] plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Sevilla, 11 de abril de 2012.- La Secretaria Judicial.

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