Concurso de acreedores Agua Natural De Burguillos Sevilla Sociedad Limitada
El 29-06-2010, Agua Natural De Burguillos Sevilla Sociedad Limitada, en BURGUILLOS (Sevilla) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de SEVILLA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B91671123. La principal actividad de la empresa Agua Natural De Burguillos Sevilla Sociedad Limitada es captación, depuración y distribución de agua.
Información General de Agua Natural De Burguillos Sevilla Sociedad Limitada
Nombre de la mercantil: Agua Natural De Burguillos Sevilla Sociedad Limitada
Localidad: BURGUILLOS
Provincia: Sevilla
Dirección: REAL 041220 BURGUILLOS
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B91671123
Número De Insolvencia: B91671123
Juzgado: Juzgado de SEVILLA
Actividad Principal de Agua Natural De Burguillos Sevilla Sociedad Limitada
La actividad de la empresa Agua Natural De Burguillos Sevilla Sociedad Limitada es Extracción y distribución de agua; tratamiento de residuos y aguas residuales
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
17-07-2010
54167
Auto de declaración de concurso voluntario
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla, anuncia:1.º-Que en el procedimiento número 495/2010, por auto de 29 de junio de 2010, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Agua Natural de Burguillos Sevilla, S.L., con CIF B91671123 y domicilio en Burguillos, C/ Real, 2-4.ª, Edificio Carmen Laffont.2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (articulo 184.3 LC).Sevilla, 29 de junio de 2010.- La Secretaria Judicial.