Concurso de acreedores terminado Arqandtec Obres I Gestio SL

Concurso de acreedores terminado Arqandtec Obres I Gestio SL

El 19-02-2014, Arqandtec Obres I Gestio SL, en CALELLA (Barcelona) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de BARCELONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B63266837. La principal actividad de la empresa Arqandtec Obres I Gestio SL es construcción de edificios. El concurso ha concluido.

Información General de Arqandtec Obres I Gestio SL

Nombre de la mercantil: Arqandtec Obres I Gestio SL
Localidad: CALELLA
Provincia: Barcelona
Dirección: ANSELM CLAVE 14108370 CALELLA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B63266837
Número De Insolvencia: B63266837
Juzgado: Juzgado de BARCELONA

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Actividad Principal de Arqandtec Obres I Gestio SL

La actividad de la empresa Arqandtec Obres I Gestio SL es Construcción

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22-03-2018
A180020382

 

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Conclusión del concurso

 
Don Jesús Santiago Ortego Briongos, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,Hago saber que:En el Concurso abreviado 141/2014 se dictó auto de fecha 1 de septiembre de 2017 por el que se ha declarado concluso el concurso de Arqandtec Obres i Gestió, S.L., con NIF B63266837, con domicilio en Calle Anselm Clavé, 141, 2.º, 08370 CalellaLa misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.Barcelona, 1 de septiembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

10-03-2014
A140009680

 

Auto de declaración de concurso

 
Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona.Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 141/14, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad ARQANDTEC OBRES I GESTIÓ, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:Número del asunto: Concurso voluntario 141/14 Sección C1.NIG del Procedimiento: 0819-47-1-2013-8005094.Entidad concursada: ARQANDTEC OBRES I GESTIÓ, S.L., con CIF n.º B63266837.Tipo de concurso: voluntario.Fecha del Auto de declaración: 19 de febrero de 2014.Administrador concursal: Doña Laura Pedreño Vargas, con domicilio profesional en c/ Provenza, 238, 1.º, de Barcelona, n.º de teléfono 933621595, n.º de fax 934517683, con dirección electrónica [email protected] del concursado: intervenidas.Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme Art. 85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.Barcelona, 21 de febrero de 2014.- Secretario Judicial.

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