Concurso de acreedores Construcciones Aguidelga SL
El 20-12-2007, Construcciones Aguidelga SL, en ENCINAS REALES (Córdoba) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de CÓRDOBA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B14560973. La principal actividad de la empresa Construcciones Aguidelga SL es construcción de edificios. Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.
Información General de Construcciones Aguidelga SL
Nombre de la mercantil: Construcciones Aguidelga SL
Localidad: ENCINAS REALES
Provincia: Córdoba
Dirección: VIRGEN DEL ROCIO 5014913 ENCINAS REALES
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B14560973
Número De Insolvencia: B14560973
Juzgado: Juzgado de CÓRDOBA
Actividad Principal de Construcciones Aguidelga SL
La actividad de la empresa Construcciones Aguidelga SL es
Publicaciones:
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
27-10-2009
76838
Cese de los Administradores
Apertura de la fase de liquidación
Apertura de la sección seis
Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
Edicto.Juzgado de Primera Instancia número 9 y Mercantil de Córdoba, anuncia:Que en el procedimiento concursal número Concurso Ordinario 289/2007 referente al concursado Construcciones Aguidelga, Sociedad Limitada Laboral, con Código de Identificación Fiscal B14560973, con domicilio en calle Virgen del Rocío, 50 de Encinas Reales (Córdoba), por auto de fecha siete de octubre de 2009 se ha acordado lo siguiente:1.- Abrir la fase de liquidación del convenio a petición del deudor.2.- Mantener la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.3.- Se ha declarado disuelta la sociedad Construcciones Aguidelga, Sociedad Limitada Laboral, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.4.- Se decreta el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.5.- Se ha formado la sección sexta, de calificación del concurso. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación del auto abriendo la fase de liquidación, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.Córdoba, 7 de octubre de 2009.- El/La Secretario Judicial.
20-12-2007
n/a
Auto de declaración de concurso
Declaración de concurso.