Concurso de acreedores Construcciones Jose Torres Arriaza S.L.
El 16-03-2009, Construcciones Jose Torres Arriaza S.L., en MONTILLANA (Granada) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de GRANADA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B18777581. La principal actividad de la empresa Construcciones Jose Torres Arriaza S.L. es construcción de edificios.
Información General de Construcciones Jose Torres Arriaza S.L.
Nombre de la mercantil: Construcciones Jose Torres Arriaza S.L.
Localidad: MONTILLANA
Provincia: Granada
Dirección: ALMERIA 218569 MONTILLANA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B18777581
Número De Insolvencia: B18777581
Juzgado: Juzgado de GRANADA
Actividad Principal de Construcciones Jose Torres Arriaza S.L.
La actividad de la empresa Construcciones Jose Torres Arriaza S.L. es
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
02-04-2009
20183
Auto de declaración de concurso voluntario
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23º de la Ley Concursal,AnunciaPrimero.- Que en el procedimiento concursal Abreviado número 20/2009, por auto de fecha 27 de febrero pasado, se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Construcciones José Torres Arriaza, sociedad limitada, Código de Identificación Fiscal número B-18777581, con domicilio social en Calle Almería, número 2 de Montillana (Granada) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en la provincia de Granada.Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administracion concursal.Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85º de la Ley Concursal.El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, en el periódico Ideal de Granada y en portal de internet del Registro Mercantil.Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184º.3 Ley Concursal).Granada, 16 de marzo de 2009.- El Secretario Judicial.