Concurso de acreedores terminado Construcciones Y Proyectos Eugenio Garcia SL
El 26-03-2018, Construcciones Y Proyectos Eugenio Garcia SL, en LES FRANQUESES DEL VALLES (Barcelona) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de BARCELONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B63997019. La principal actividad de la empresa Construcciones Y Proyectos Eugenio Garcia SL es construcción de edificios. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Información General de Construcciones Y Proyectos Eugenio Garcia SL
Nombre de la mercantil: Construcciones Y Proyectos Eugenio Garcia SL
Localidad: LES FRANQUESES DEL VALLES
Provincia: Barcelona
Dirección: GIRONA, 69 – 1 1 008520 LES FRANQUESES DEL VALLES
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B63997019
Número De Insolvencia: B63997019
Juzgado: Juzgado de BARCELONA
Actividad Principal de Construcciones Y Proyectos Eugenio Garcia SL
La actividad de la empresa Construcciones Y Proyectos Eugenio Garcia SL es
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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Construcciones Y Proyectos Eugenio Garcia SL:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
10-12-2020
A200061792
Conclusión por insuficiencia de masa activa
Edicto.Luis Miguel Gonzalo Capellín, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 01 de Barcelona,Hago saber: Que por el presente hago saber que en el Concurso voluntario abreviado tramitado bajo el n.º 181/2018A de la entidad mercantil Construcciones y Proyectos Eugenio Garcia, S.L., con CIF B63997019, se ha dictado auto firme de fecha 23 de septiembre de 2020, en el cual se acuerda la conclusión por insuficiencia de masa activa de dicha concursada, su extinción y la cancelación de su inscripción registral, acordándose asimismo la inscripción de la conclusión del concurso y la extinción de la sociedad en el Registro público correspondiente y la publicación de dicha resolución en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria 2ª del Real Decreto Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ante la evolución de la situación económica). Habiéndose aprobado la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal y acordado su cese en el ejercicio de su cargo.Barcelona, 1 de octubre de 2020.- Letrado Administracion Justicia, D. Luis Miguel Gonzalo Capellín.
17-04-2018
A180025925
Auto de declaración de concurso voluntario
EdictoDon/Doña Luis Miguel Gonzalo CapellÃn, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil 1 Barcelona,Hace saber: Que en los autos con n.º 181/2018A se ha declarado el concurso voluntario por auto de fecha 26 de marzo de 2018 de Construcciones y Proyectos Eugenio, SL con CIF n.º B63997019 en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.La administración concursal es D.ª Leticia MartÃn-Montalvo Fernández con domicilio en C/Santa Catalina, 29. 08220-Majadahonda (Madrid) y correo electrónico [email protected] a lo dispuesto en el artÃculo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en C/Santa Catalina, 29. 08220-Majadahonda (Madrid), o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.La comunicación deberá efectuarse en el plazo de Un Mes a contar desde el dÃa siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, asà como los relativos al crédito, su concepto, cuantÃa, fechas de adquisición y vencimiento, caracterÃsticas y calificación que se pretenda, Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del tÃtulo o documentos relativos al crédito.Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos a asistir a JuntasEn Barcelona, 9 de abril de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia sust.
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