Concurso de acreedores Constructora El Mar De Canarias S.L.

Concurso de acreedores Constructora El Mar De Canarias S.L.

El 30-09-2008, Constructora El Mar De Canarias S.L., en LAS PALMAS DE GRAN CANARI (Palmas (Las)) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B35576958. La principal actividad de la empresa Constructora El Mar De Canarias S.L. es construcción de edificios. Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.

Información General de Constructora El Mar De Canarias S.L.

Nombre de la mercantil: Constructora El Mar De Canarias S.L.
Localidad: LAS PALMAS DE GRAN CANARI
Provincia: Palmas (Las)
Dirección: LEON Y CASTILLO 035005 LAS PALMAS DE GRAN CANARI
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B35576958
Número De Insolvencia: B35576958
Juzgado: Juzgado de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Actividad Principal de Constructora El Mar De Canarias S.L.

La actividad de la empresa Constructora El Mar De Canarias S.L. es

Publicaciones:

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

13-10-2017
A170072604

 
Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas, por el presente hace saber que en el procedimiento concursal ordinario número 23/2008 se ha dictado auto en fecha 29 de septiembre de 2017 en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes pronunciamientos:Se declara la Conclusión del concurso de CONSTRUCTORA EL MAR DE CANARIAS S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa. En todos los casos de conclusión del concurso, cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes.Se acuerda la extinción de la sociedad CONSTRUCTORA EL MAR DE CANARIAS, S.L., con CIF n.º B- 35576958, y se acuerda la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la presente resolución firme.Acuerdo aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal.Las Palmas de Gran Canaria, 9 de octubre de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.

05-11-2014
A140047562

 

Cese de los Administradores

Apertura de la fase de liquidación

Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados

 
Doña Águeda Reyes Almeida, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas,Por el presente se hace saber: Que en procedimiento concursal n.º 23/2008, seguido a instancias del Procurador D. Armando Curbelo Ortega, en nombre y representación de Constructora El Mar de Canarias, S.L., se ha dictado Auto en el día 18.06.2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes particulares:Se acuerda la apertura de la fase liquidación. Déjese sin efecto el señalamiento de junta de acreedores fijada para el día 29 de junio de 2012, a las 9:30 horas.De la presente resolución dese la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.Se acuerda la suspensión del concursado en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley.Se declara la disolución de la entidad concursada y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por los administradores concursales para proceder de conformidad con lo establecido en este Ley Concursal.Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados, si los hubiera, y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.Se hace saber a los administradores que en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, deberán presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal. Asimismo deberán presentar cada tres meses, un informe sobre el estado de las operaciones de la liquidación, que quedará de manifiesto en la secretaría del Juzgado. El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de la Ley Concursal.Procédase a la apertura de la sección de calificación del concurso, que se regulará conforme a lo establecido en los artículos 163 y siguientes de la Ley Concursal. Dicha sección se encabezará con testimonio de la resolución judicial y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiere presentado el deudor con su solicitud o a requerimiento del Juez, y del auto de declaración de concurso.Se hace saber que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en el plazo de diez desde la última de las publicaciones de la presente resolución a los efectos establecidos en el artículo 168 de la Ley Concursal.Hágase saber a la Administración del Concurso que en el plazo de quince días posteriores a la expiración de los plazos de los interesados habrá de presentar un informe en los términos establecidos en el artículo 169 de la Ley Concursal.Notifíquese la presente resolución al concursado, a la Administración Concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.Notifíquese la presente resolución haciendo saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 197 de la Ley Concursal contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días, sin que dicha interposición produzca los efectos de suspensión del presente procedimientoAsí lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.Las Palmas de Gran Canaria, 19 de agosto de 2014.- Secretaria Judicial.

10-04-2012
A120018616

 

Finalización de la fase común

Apertura de la fase de convenio

Convocatoria de Junta de Acreedores

Apertura de la sección quinta

 
Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, hace saber que en el procedimiento concursal 0000023/2008 por el Procurador don Armando Curbelo Ortega, en nombre y representación de Constructora El Mar de Canarias, S.L., se ha dictado Auto el día 21 de marzo de 2012, en cuya parte dispositiva los siguientes extremos:Se convoca junta de acreedores para el día 29 de junio de 2012, a las 9:30 horas, que se anunciará en el «Boletín Oficial del Estado» y en un diario de los de mayor difusión en la provincia donde el deudor tenga el centro de sus principales intereses, así como en uno de los de mayor difusión en la provincia donde radique su domicilio. Estos anuncios contendrán los datos suficientes para identificar el proceso y las formas de personarse en él.La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y, en su caso, en otros periódicos oficiales del edicto se insertará con la mayor urgencia, cuyo diligenciado se encomienda al procurador del solicitante del concurso a quien se le entregarán los oficios correspondientes.Por la presente resolución se pone fin a la fase común de concurso, y se decreta la apertura de la fase de convenio y la formación de la sección quinta del concurso, siendo aplicables las normas establecidas para la fase común del concurso en el título III de la L.Con.En las notificación de la convocatoria se expresará a los acreedores que podrán adherirse a la propuesta de convenio en los términos del artículo 115.3.Notifíquese el presente auto al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas, contra el que no cabrá recurso alguno, sin perjuicio de que puedan invocarse los motivos de impugnación en recurso de apelación contra la sentencia que resuelva sobre la aprobación de convenio.Las Palmas de Gran Canaria, 26 de marzo de 2012.- Secretaria judicial.

17-03-2012
A120013268

 

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil número 1, hace saber que en el procedimiento concursal 23/2008 se ha dictado la resolución en la que consta entre otros el particular siguiente:Habiéndose presentado por los Administradores Concursales del presente procedimiento concursal 23/2008 de Constructora El Mar de Canarias, S.L., textos definitivos del Informe con las modificaciones del inventario y la lista de acreedores previstas en la Ley así como una relación actualizada de los créditos contra la masa devengados y pendientes de pago; únase a los autos, se tiene por presentado el mismo en tiempo y forma, procédase a la publicación en el BOE y en el Tablón de anuncios de este Juzgado, de conformidad con el punto 4 del art. 12 del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, de Medidas Urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, por el que se modifica el apartado 2 del artículo 95 de la Ley Concursal 22/2003, de 9 de julio; y póngase de manifiesto el informe en la oficina judicial a los acreedores a los fines y efectos del artículo 96.4.; y hágase saber a los interesados que contra este informe no cabe demanda incidental en los términos establecidos en el art. 97.1 de la LC.Las Palmas de Gran Canaria, 2 de marzo de 2012.- Secretaria judicial.

16-07-2009
54566

 

Presentación del Informe de la administración concursal

Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos

 
EdictoPor el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 0000023/2008 referente a «Constructora El Mar de Canarias, S.L.», con C.I.F. n.º B-35576958, se ha presentado el informe de la administración concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.Los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil dentro del plazo de diez días, computados desde la última de las publicaciones del presente edicto que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el artículo 198 LC y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, en el Boletín Oficial del Estado.Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador.Las Palmas de Gran Canaria, 9 de julio de 2009.- Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número uno de Las Palmas.

12-03-2009
12822

 

Auto de declaración de concurso

 
EdictoDoña Maria de los Angeles Lago Alonso, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil Numero Uno de Las Palmas,Por el presente se hace saber que en procedimiento concursal numero 23/2008 seguido a instancias del Procurador Don Armando Curbelo Ortega en nombre y representacion de Constructora El Mar de Canarias S.L. se ha dictado Auto en el día 30 de septiembre de 2008, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes particulares:Se declara el concurso de Constructora El Mar de Canarias S.L., el que se tramitara por el procedimiento ordinario.A efectos oportunos, el presente concurso, tiene el caracter de voluntario.Se designan como Administradores del concurso a: Don Pedro Jose Hidalgo Ferrera como Abogado, Don Manuel Alvarez Gil como Economista y como Acreedor a la entidad Carpinteria y Vidrio Insular S.L.Llamese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administracion concursal la existencia de sus creditos en el plazo de un mes a contar desde la ultima de las publicaciones acordadas en el Auto, dentro de las que con caracter obligatorio establece el apartado uno del articulo 23.Tomas Luis Martin Rodriguez, Magistrado Juez.- Maria de los Angeles Lago Alonso, Secretario.- Firmados y rubricados»Y para que sirva de publicacion a los efectos acordados en el Auto dictado, asi como de notificacion a los acreedores y al deudor en el caso de que este no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el articulo 21.5 y 23  de la Ley Concursal se expide el presente Edicto.Las Palmas de Gran Canaria, 9 de febrero de 2009.- El/La Secretario/a Judicial.

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