Concurso de acreedores Cunigrauca SL

Concurso de acreedores Cunigrauca SL

El 17-11-2016, Cunigrauca SL, en CALAF (Barcelona) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de BARCELONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B63751572. La principal actividad de la empresa Cunigrauca SL es agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas.

Información General de Cunigrauca SL

Nombre de la mercantil: Cunigrauca SL
Localidad: CALAF
Provincia: Barcelona
Dirección: SANT JAUME 3408280 CALAF
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B63751572
Número De Insolvencia: B63751572
Juzgado: Juzgado de BARCELONA

Actividad Principal de Cunigrauca SL

La actividad de la empresa Cunigrauca SL es Agricultura, silvicultura y pesca

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Publicaciones Concurso de acreedores Cunigrauca SL:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

14-12-2016
A160088431

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
EDICTODon Luis Miguel Gonzalo Capellin, Letrado de la Adm. de Justicia del Juzgado Mercantil 1 BarcelonaHACE SABER:Que en los autos con N.I.G. 08019 – 47 -1 – 2016 – 8004638 y n.° 744/2016-G se ha declarado el concurso Voluntario principal de fecha 17/11/2016 de CUNIGRAUCA, S.L., con C.I.F. n.° B63751572 y domicilio en C/ Sant Jaume 34, 08280 Calaf (Barcelona), en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.El administrador concursal es D. BORJA PARDO IBÁÑEZ, con domicilio en C/ Muntaner 340, 2.°-2.ª, 08021 Barcelona, teléfono: 935311616 y correo electrónico: [email protected] a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en C/ Muntaner 340, 2.º 2.ª, 08021 Barcelona o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.La comunicación deberá efectuarse en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se hay optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.Los acreedores; tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.En Barcelona a, 18 de noviembre de 2016.- El Letrado de la Adm. de Justicia.

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