Concurso de acreedores terminado Life Hotels Mediterranean SL
El 09-05-2011, Life Hotels Mediterranean SL, en L’ELIANA (Valencia) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de VALENCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B97511554. La principal actividad de la empresa Life Hotels Mediterranean SL es servicios de alojamiento. El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
Información General de Life Hotels Mediterranean SL
Nombre de la mercantil: Life Hotels Mediterranean SL
Localidad: L’ELIANA
Provincia: Valencia
Dirección: MARIA ZAMBRANO 246183 L’ELIANA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B97511554
Número De Insolvencia: B97511554
Juzgado: Juzgado de VALENCIA
Actividad Principal de Life Hotels Mediterranean SL
La actividad de la empresa Life Hotels Mediterranean SL es Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Publicaciones:
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
03-09-2020
A200037505
Conclusión por insuficiencia de masa activa
Doña Cristina M.ª Valero Doménech, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil, núm. 4, de Valencia, por el presente,Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores num. 000314/2020, habiéndose dictado en fecha 29 de junio de 2020, por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 4, de Valencia, auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Siblingss Hotels, S.L., con CIF. B-98932692, con declaración al propio tiempo de la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa.Contra la resolución de conclusión cabe interponer recurso de apelación en plazo de veinte días y para la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, plazo que se computará a los terceros interesados a partir de su publicación en el BOE.Valencia, 29 de junio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Cristina María Valero Doménech.
18-12-2017
A170090557
Don Jorge Victor Iglesias de Baya, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, por el presente hago saber:Que en este juzgado se siguen autos de concurso abreviado 000950/2010 voluntario, de la deudora concursada Centro de investigación y desarrollo Bohio, S.L. y Life Hoteles Mediterranean, S.L., con CIF n.º A96997481 Y B97511554, con domicilio en la calle Bany dels Pavenos n.º 4 Valencia y calle MarÃa Zambrano n.º 2 de L¨Eliana (Valencia) en cuyo seno se ha dictado auto de fecha diez de noviembre de dos mil diecisiete por el Ilmo Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado al extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor, caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 LC).Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.Valencia, 10 de noviembre de 2017.- El Letrado de la administración de justicia.
29-11-2011
86966
Cese de los Administradores
Apertura de la fase de liquidación
Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
Don Jorge Victor Iglesias de Baya Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, por el presenteHago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso abreviado – 000950/2010 voluntario, de la deudora Concursada Centro de Investigación y Desarroluo Bohío, S.L., y Life Hoteles Mediterranean, S.L., con cif n.° A96997481 y B97511554, con domicilio en la calle Bany dels Pavenos, n.° 4, Valencia y Calle Maria Zambrano, n.° 2. L’Eliana (Valencia) en cuyo seno se ha dictado auto de fecha siete de noviembre de dos mil once por el limo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación en el presente concurso, habiéndose acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio de la empresa concursada con los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal, la disolución de la mercantil y el cese de los administradores o liquidadores que serán sustituidos por el administrador concursal, así como el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones, dándole a dicha resolución la publicidad acordada en la misma conforme al art. 144 de la Ley Concursal, y disponiendo de un plazo de diez días desde la publicación ordenada en el B.O.E. para que cualquier acreedor o persona con interés legitimo pueda personarse en debida forma, por escrito, en la Secc. 6ª de calificación del concurso a los efectos previstos en el art. 168 de la Ley Concursal.Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.Valencia, 7 de noviembre de 2011.- El Secretario Judicial.
01-06-2011
44296
Auto de declaración de concurso voluntario
D./Dña. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber:Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado voluntario n° 000950/2010, habiéndose dictado en fecha nueve de mayo de dos mil once por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Life Hoteles Mediterranean, S.L ‘ con domicilio en Calle María Zambrano, n° 2, L’Eliana (Valencia) y CIF n° B97511554, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, al tomo 7.949, libro 5.244, folio 103, hoja V-100.073, inscripción 1ª.Que se ha acordado la la Intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.Asimismo, se hace saber, que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.Valencia, 9 de mayo de 2011.- El Secretario Judicial.