Concurso de acreedores Maberdi SL
El 17-07-2012, Maberdi SL, en SAN ROQUE (Cádiz) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de CÁDIZ. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B11384443. La principal actividad de la empresa Maberdi SL es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
Información General de Maberdi SL
Nombre de la mercantil: Maberdi SL
Localidad: SAN ROQUE
Provincia: Cádiz
Dirección: INDUSTRIAL INCOSUR 011360 SAN ROQUE
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B11384443
Número De Insolvencia: B11384443
Juzgado: Juzgado de CÁDIZ
Actividad Principal de Maberdi SL
La actividad de la empresa Maberdi SL es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Publicaciones:
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
18-09-2012
A120061821
Auto de declaración de concurso voluntario
EdictoEl Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:1.º Que en el procedimiento número 122/2012, con NIG 1101242M20120000060 por auto de 17 de julio de 2012 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Maberdi, S.L., CIF: B11384443, cuyo domicilio y centro de principales intereses lo tiene en San Roque.2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. Carlos Rolin Bautista, con domicilio postal Plza. Alta, n.º 7, Primero-9, 11201-Algeciras y dirección electrónica [email protected] plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).Cádiz, 6 de septiembre de 2012.- Secretario Judicial.