Concurso de acreedores Maesca Rustica SL (En Liquidacion)

Concurso de acreedores Maesca Rustica SL (En Liquidacion)

El 17-04-2013, Maesca Rustica SL (En Liquidacion), en SANTA MARGALIDA (Baleares) se ha iniciado el concurso de acreedores por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. Como síndico se ha designado EMILIO GONZALEZ BILBAO. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B57095051. La principal actividad de la empresa Maesca Rustica SL (En Liquidacion) es construcción de edificios. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.

Información General de Maesca Rustica SL (En Liquidacion)

Nombre de la mercantil: Maesca Rustica SL (En Liquidacion)
Localidad: SANTA MARGALIDA
Provincia: Baleares
Dirección: MIQUEL ORDINES 2107450 SANTA MARGALIDA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B57095051
Número De Insolvencia: B57095051
Juzgado: Juzgado de PALMA DE MALLORCA

Actividad Principal de Maesca Rustica SL (En Liquidacion)

La actividad de la empresa Maesca Rustica SL (En Liquidacion) es

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

14-11-2017
A170081038

 
D. Vicente Manuel Bolufer Francia, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma,Hace saber: Que en este órgano judicial se tramita Concurso Voluntario n.º 99/13 del deudor PAVIMENTOS SAR, S.L. con CIF n.º B57095051 con domicilio en calle Miguel Ordinas, s/n, Santa Margalida, en los que, por resolución de fecha 8 de noviembre de 2017 se ha acordado:La conclusión del presente procedimiento concursal respecto de PAVIMENTOS SAR, S.L. con archivo de las actuaciones.Aprobar las cuentas rendidas por la Administración concursal.La extinción de la persona jurídica y cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil.Palma de Mallorca, 8 de noviembre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

25-04-2013
A130021836

 

Auto de declaración de concurso

Cese de los Administradores

 
D. Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000439 /2013 y NIG n.º 07040 47 1 2013/0000606 se ha dictado en fecha 17 de abril de 2013 Auto de declaración de concurso del deudor «Maesca Rústica, S.L.», con CIF B-57095051, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Miguel Ordinas, s/n, de Santa Margalida, Islas Baleares.2.º Se ha acordado la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada.3.º Que el Abogado nombrado administrador concursal, don Emilio González Bilbao, con D.N.I. número 14581224Y, en fecha 22/04/2013, ha aceptado el cargo.4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal calle Gerreria, 26, 1.º C, 07002 Palma de Mallorca o dirección de correo electrónico [email protected], en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado», mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.5. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).Palma de Mallorca, 22 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.

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