Concurso de acreedores terminado Mar Y Habitat Sociedad Limitada.
El 03-03-2015, Mar Y Habitat Sociedad Limitada., en ALBAL (Valencia) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de VALENCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B96926514. La principal actividad de la empresa Mar Y Habitat Sociedad Limitada. es construcción de edificios. El concurso ha concluido.
Información General de Mar Y Habitat Sociedad Limitada.
Nombre de la mercantil: Mar Y Habitat Sociedad Limitada.
Localidad: ALBAL
Provincia: Valencia
Dirección: HERNANDEZ LAZARO 15646470 ALBAL
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B96926514
Número De Insolvencia: B96926514
Juzgado: Juzgado de VALENCIA
Actividad Principal de Mar Y Habitat Sociedad Limitada.
La actividad de la empresa Mar Y Habitat Sociedad Limitada. es Construcción
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Publicaciones Concurso de acreedores terminado Mar Y Habitat Sociedad Limitada.:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
08-09-2016
A160045078
Rectificatie
Cese de los Administradores
Alzamiento de las limitaciones de administración
Conclusión del concurso
D./Dña. Cristina M.ª Valero Domenech, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm.3 de Valencia, por el presente, hago saber:Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000729/2014 habiéndose dictado en fecha 10/6/16, así como de fecha 13/6/16 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia, auto firme de conclusión de concurso voluntario y auto rectificando error material del susodicho auto de conclusión, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:Parte dispositivaSe decreta la conclusión del concurso abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000729/2014, promovido por el Procurador Sr/a, en nombre y representación de la mercantil ALEJANDRO TERRASA MELLADO, y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D/Dª ALEJANDRO TERRASA MELLADO, con DNI n.º 44850241-B, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.Se acuerda declarar la extinción de la mercantil ALEJANDRO TERRASA MELLADO, con C.I.F. 44850241-B, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme.Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 3 de febrero de 2016.Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC, expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaría de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2ª del Concurso.Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC).Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo/a. Sr./a D/Dña. MARÍA DEL MAR FERNÁNDEZ BARJAU, Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe.Así como auto rectificando error material cuya parte dispositiva dice:Parte dispositivaSe rectifica Auto, de 10 de junio de 2016, en el sentido de que donde se dice: »Se decreta la conclusión del concurso abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000729/14, promovido por el procurador Sr/a, en nombre y representación de la mercantil ALEJANDRO TERRASA MELLADO» así como también »Se acuerda declara la extinción de la mercantil ALEJANDRO TERRASA MELLADO, con C.I.F. 44850241-B».Debe decir: »Se decreta la conclusión del concurso abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000729/14, promovido por la administración concursal en nombre y representación de la mercantil MAR Y HABITAT, S.L.» así como también «Se acuerda declarar la extinción de la mercantil MAR Y HABITAT, S.L., con C.I.F.B-96926514».Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno, sin prejuicio de los recursos que proceden, en su caso, contra la resolución a la que se refiera la solicitud o actuación de oficio (art. 214.4 LEC).Lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe.Firma del Magistrado-Juez. Firma del Letrado A. Justicia.Valencia, 13 de junio de 2016.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
21-03-2015
A150010051
Auto de declaración de concurso voluntario
Doña Cristina Maria Valero Doménech, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente,Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 000729/2014 habiéndose dictado en fecha 3 de marzo de 2015 por el Ilmo./a. Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de MAR Y HABITAT, S.L. con CIF B96926514, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado Administrador concursal a D. ALEJANDRO TERRASA MELLADO, con domicilio profesional en calle Domagk, 1-2, Valencia, teléfono 609919635, y correo electrónico [email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del artículo 85 LC.Valencia, 5 de marzo de 2015.- La Secretaria judicial.
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