Concurso de acreedores Naturalymente Fast Good Food SL
El 29-04-2019, Naturalymente Fast Good Food SL, en VELEZ-MALAGA (Málaga) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de MÁLAGA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B92972983. La principal actividad de la empresa Naturalymente Fast Good Food SL es servicios de comidas y bebidas.
Información General de Naturalymente Fast Good Food SL
Nombre de la mercantil: Naturalymente Fast Good Food SL
Localidad: VELEZ-MALAGA
Provincia: Málaga
Dirección: CARRETERA MALAGA 029700 VELEZ-MALAGA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B92972983
Número De Insolvencia: B92972983
Juzgado: Juzgado de MÁLAGA
Actividad Principal de Naturalymente Fast Good Food SL
La actividad de la empresa Naturalymente Fast Good Food SL es Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
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Publicaciones Concurso de acreedores Naturalymente Fast Good Food SL:
Concursos de acreedores y suspensiones de pagos
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
01-07-2019
A190038489
Auto de declaración de concurso voluntario
EDICTOEl Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:1º.- Que en el procedimiento concursal número 369/2019 por auto de fecha 29 de abril de 2019, se ha declarado en concurso voluntario al deudor NATURAYMENTE FAST GOOD FOOD, S.L., CIF: B 92972983 con domicilio en Vélez Málaga, (Málaga) Urb. Baviera Golf s/n, centro de principales intereses.2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.3º.- Que la Administración concursal la integra don Alfonso Martínez Núñez, que lo hace en representación de Martínez Escribano, Abogados y Economistas, S.L.P., domicilio Plaza de la Solidaridad 12, 4º, 29002 Málaga, según escritura pública realizada ante notario que exhibe y retira, designándose así mismo como Administrador Concursal, Letrado teléfono: 954987914 y con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos.4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.El plazo para esta comunicación es el de UN MES a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.Málaga, 26 de junio de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.
Última dirección de Naturalymente Fast Good Food SL: