Concurso de acreedores terminado Panobra SL

Concurso de acreedores terminado Panobra SL

El 18-11-2008, Panobra SL, en ALCANTARILLA (Murcia) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de MURCIA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B30453039. La principal actividad de la empresa Panobra SL es construcción de edificios. El concurso ha concluido.

Información General de Panobra SL

Nombre de la mercantil: Panobra SL
Localidad: ALCANTARILLA
Provincia: Murcia
Dirección: INDUSTRIAL OESTE (PARC. 6-3) 030820 ALCANTARILLA
Estado: Concurso de acreedores terminado
CIF /NIF: B30453039
Número De Insolvencia: B30453039
Juzgado: Juzgado de MURCIA

Actividad Principal de Panobra SL

La actividad de la empresa Panobra SL es

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

28-01-2019
A190003616

 

Conclusión del concurso

 
Dña. Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil núm.1 de Murcia, anuncia:1.-Que en este órgano judicial se tramita Sección V de Liquidación del concurso voluntario 570/2008 de PANOBRA, S.A., con CIF B-30453039, en el que se ha dictado el día 11/01/2019 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento.2.- El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal.Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23 y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente. Doy fe.Murcia, 22 de enero de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

13-11-2012
A120074956

 

Aprobación del convenio

 
Edicto.D.ª Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, anuncia:1. Que en el procedimiento concursal número concurso ordinario 0000570/2008 se ha dictado el 01/06/12 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por Panobra, S.L., y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 23/04/12.2. La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de la normas que regulan los convenios y la adhesión en la LC.El convenio está de manifiesto en la Secretaría del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento.Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23, 24 y132 de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe.Murcia, 30 de octubre de 2012.- Secretaria Judicial.

18-11-2008
n/a

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
Se declara en concurso voluntario al deudor «Panobra SL» el cual conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los Administradores Concursales mediante su autorización o conformidad.

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