Concurso de acreedores Plus Power Sa

Concurso de acreedores Plus Power Sa

El 26-11-2015, Plus Power Sa, en ABRERA (Barcelona) se ha iniciado en concurso de acreedores por el tribunal de BARCELONA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el A58083288. La principal actividad de la empresa Plus Power Sa es venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas.

Información General de Plus Power Sa

Nombre de la mercantil: Plus Power Sa
Localidad: ABRERA
Provincia: Barcelona
Dirección: PROGRES (PG SANT ERMENGOL II), 28 – NAV 16 008630 ABRERA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: A58083288
Número De Insolvencia: A58083288
Juzgado: Juzgado de BARCELONA

Actividad Principal de Plus Power Sa

La actividad de la empresa Plus Power Sa es Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor

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Publicaciones Concurso de acreedores Plus Power Sa:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

15-12-2015
A150053464

 

Auto de declaración de concurso

 
Doña María José Hompanera González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 10 de Barcelona,Dicto el presente edicto:Juzgado.- Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, planta 13 de Barcelona.Número de asunto.- Concurso voluntario núm. 930/15-C.Tipo de concurso.- Concurso voluntario abreviado.Entidad instante del concurso y CIF.- Plus Power, S.A., con CIF A-58083288 y domicilio en Abrera (Barcelona), c/ Pogrés n.º 28, nave 16.Fecha del auto de declaración.- 26-11-2015.Administradores concursales.- Bufete Marroquín Abogados y Economistas, S.L.P., con domicilio en Barcelona, C/ Borí i Fontestà, n.º 6, 5.º, de 08021 Barcelona y teléfono n.º 93 201-35-11, y en calidad de representante a D.Víctor Marroquín Sagalés, y dirección electrónica: [email protected] del concursado.- Intervenidas.Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados.Barcelona, 26 de noviembre de 2015.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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