Concurso de acreedores Portell Artesanal Sociedad Limitada.
El 18-04-2013, Portell Artesanal Sociedad Limitada., en PORTELL DE MORELLA (Castellón) se ha iniciado el concurso voluntario por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B12025268. La principal actividad de la empresa Portell Artesanal Sociedad Limitada. es industria textil. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
Información General de Portell Artesanal Sociedad Limitada.
Nombre de la mercantil: Portell Artesanal Sociedad Limitada.
Localidad: PORTELL DE MORELLA
Provincia: Castellón
Dirección: SAN ISIDRO 2112318 PORTELL DE MORELLA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B12025268
Número De Insolvencia: B12025268
Juzgado: Juzgado de CASTELLÓN DE LA PLANA
Actividad Principal de Portell Artesanal Sociedad Limitada.
La actividad de la empresa Portell Artesanal Sociedad Limitada. es Industria
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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
14-05-2013
A130026010
Auto de declaración de concurso voluntario
Cese de los Administradores
EdictoDon Jorge González Rodríguez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:Primero.- Que por Auto de fecha 18 de abril de 2013, dictado en el procedimiento de concurso abreviado, número 165/2013, N.I.G. número 12040-66-2-2013-0000187, seguido en este Juzgado, se ha declarado en concurso voluntario y abreviado al deudor «Portell Artesanal, S.L.», domiciliado en Avenida San Isidro, 9 – Portell de Morella y C.I.F./D.N.I. número B-12025268.Segundo.- Que se ha determinado el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado.Tercero.- Que se ha designado como Administrador/es Concursal/es a Equipo AC Abogados y Economistas, S.L.P., con domicilio en calle Enmedio, 23 bajo – 12001 Castellón de la Plana y dirección electrónica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 Ley Concursal.Cuarto.- Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado.Quinto.- La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.Castellón, 26 de abril de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.