Concurso de acreedores Restap Arenal 2009 SL

Concurso de acreedores Restap Arenal 2009 SL

El 17-08-2020, Restap Arenal 2009 SL, en JAVEA/XABIA (Alicante) se ha iniciado en concurso voluntario por el tribunal de ALICANTE. El número asignado de insolvencia a esta mercantil es el B54382676. La principal actividad de la empresa Restap Arenal 2009 SL es servicios de comidas y bebidas.

Información General de Restap Arenal 2009 SL

Nombre de la mercantil: Restap Arenal 2009 SL
Localidad: JAVEA/XABIA
Provincia: Alicante
Dirección: DEL FENAS 1003730 JAVEA/XABIA
Estado: Concurso de acreedores
CIF /NIF: B54382676
Número De Insolvencia: B54382676
Juzgado: Juzgado de ALICANTE

Actividad Principal de Restap Arenal 2009 SL

La actividad de la empresa Restap Arenal 2009 SL es Servicios de alojamientos, comidas y bebidas

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Publicaciones Concurso de acreedores Restap Arenal 2009 SL:

Concursos de acreedores y suspensiones de pagos

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Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción

29-08-2020
A200036710

 

Auto de declaración de concurso voluntario

 
Doña Cristina Cifo González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:Primero.- Que por Auto de fecha 17 de agosto de 2020 en el procedimiento con número de autos 530/2020-R y NIG 03014-66-1-2020-0001072 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor RESTAP ARENAL 2009, S.L., con CIF B-54382676 y domicilio en Jávea (Alicante), calle Fenas, n.º 10, CP 03730.Segundo.-Que el deudor conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la Administración concursal.Tercero.-Que ha sido nombrado administrador concursal D. Blas Sánchez Sala, con DNI número 74175930X, en calidad de economista, con domicilio postal en Torrevieja (Alicante), calle María Parodi, n.º 8-10, planta 4.ª, puerta 1, CP 03180; teléfono 966703793 y dirección de correo electrónico [email protected], para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal.Cuarto.-Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presenta en el «Boletín Oficial del Estado».Alicante, 25 de agosto de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, doña Cristina Cifo González.

Última dirección de Restap Arenal 2009 SL:

 

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